¿Qué es el IBI de una casa?

Descubra qué es el IBI, cómo calcularlo, y cómo pagarlo de la forma más cómoda y eficaz.

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¿Qué es el IBI, cómo se paga y quién lo paga?

¿Qué es el IBI? es una pregunta que se plantean a menudo los propietarios inmobiliarios y las personas interesadas en adquirir un inmueble.

Este impuesto aparece por primera vez en la legislación española en 1988, y grava directamente los bienes inmuebles, ya sean de naturaleza urbana o rústica. El IBI se considera uno de los pilares fundamentales de la financiación municipal en nuestro país, y es, también, uno de los tributos más polémicos. Conocerlo resulta de primordial importancia para el propietario de bienes de este tipo.

Tabla de contenidos

  1. ¿Qué es el IBI y quién lo paga?
  2. ¿Qué es el IBI de una casa?
  3. ¿Qué leyes regulan el IBI?
  4. ¿Quién paga el IBI?
  5. ¿Cómo calcular el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?
  6. ¿Cuándo se paga el IBI y cómo se realiza el pago?
  7. ¿Cómo se paga el IBI en Madrid?
  8. ¿Cómo ver el recibo del IBI por internet en Madrid?

¿Qué es el IBI de una casa?

El IBI es un impuesto que afecta a todos los propietarios de bienes inmobiliarios, y, por lo tanto, también a los propietarios de viviendas. Este tributo contiene varios aspectos y peculiaridades que debemos conocer cuando vayamos a adquirir una vivienda, o cuando ya poseamos una.

¿Qué leyes regulan el IBI?

El IBI nace con la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 1988, en el marco de una reforma financiera general de las Administraciones Públicas. Actualmente, se regula por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El IBI es uno de los tres impuestos de titularidad municipal establecidos por dicha ley. Los otros dos son el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVT).

El derecho de propiedad, como el derecho real de superficie, son objeto de gravamen por las Haciendas Locales. Los bienes comunales o de dominio público se hallan exentos de tales impuestos. También están exentos los de la Iglesia Católica, la Cruz Roja Española, etc.

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¿Quién paga el IBI?

A la hora de definir qué es IBI, es preciso establecer cuál es el sujeto pasivo de este impuesto. Es decir: quién lo paga. En este caso, han de pagar el IBI las siguientes personas titulares de los derechos de propiedad y derecho real de superficie:

  • Personas naturales y jurídicas (individuos y sociedades, empresas, asociaciones, etc) titulares de estos derechos.
  • Herencias yacentes (aquellas que aún no han sido aceptadas por los herederos, cuando ya ha fallecido el anterior titular)
  • Comunidades de bienes.
  • Entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado.
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Del IBI, el significado corresponde a un pago en concepto de tales derechos por parte de todos estos sujetos jurídicos.

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¿Cómo calcular el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?

Hemos de tener muy en cuenta que, al ser este un impuesto recaudado por los ayuntamientos, sus tipos impositivos varían mucho de unos a otros. Así, pagar el IBI en Madrid posee determinadas particularidades propias. Centrándonos pues, en la capital de España, de tan efervescente mercado inmobiliario, aplicaremos los porcentajes específicos del IBI en Madrid.

La razón de ello es que cada ayuntamiento español aplica unos tipos específicos de porcentaje impositivo sobre el valor catastral de los inmuebles. Ésta es la base imponible del IBI. Así pues, fijaremos este cálculo sobre los porcentajes que se aplican en Madrid.

El gravamen del IBI en Madrid es el siguiente:

  • Bienes inmobiliarios urbanos: 0,456%.
  • Bienes inmobiliarios rústicos: 0,567%.
  • Bienes inmobiliarios de características especiales: 1,141%.

Este porcentaje se aplica sobre el valor catastral de la vivienda. A fin de conocer éste, habremos de recurrir a la consulta del catastro. Para encontrar este valor, deberemos acceder al buscador de la sede electrónica del catastro.

La base liquidable (cuánto se paga de IBI), se calcula restando a la base imponible (el valor catastral) una reducción. Esta se constituye por la multiplicación del componente individual por el coeficiente reductor:

  • Reducción: componente individual multiplicado por el coeficiente reductor.
  • Componente individual: la diferencia entre el valor catastral de 2012 y el valor base (la base liquidable de 2011).
  • Coeficiente reductor: su valor fue de 0,9 el primer año de su aplicación (2012). Luego fue disminuyendo en 0,1 cada año, hasta su desaparición en el año 2021.

Por lo tanto, una vez que tenemos esos valores, la fórmula a aplicar como calculadora del IBI es la siguiente:

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Base imponible – Componente individual x Coeficiente reductor

El valor que habremos de tener en cuenta a la hora de liquidar este impuesto viene detallado en esta tabla:

AñoValor catastral (base imponible)Valor base (base liquidable de 2011)Reducción aplicadaBase liquidable
201295000450004500050000
201395000450004000055000
201495000450003500060000
201595000450003000065000
201695000450002500070000
201795000450002000075000
201895000450001500080000
201995000450001000085000
20209500045000500090000
20219500045000095000
20229500045000095000

Fuente: Ayuntamiento de Madrid

¿Cuándo se paga el IBI y cómo se realiza el pago?

En este apartado sucede lo mismo que con las cuantías del impuesto. Al tratarse de un tributo gestionado y recaudado por las corporaciones municipales, en cada ayuntamiento varían los plazos. Así pues, tomaremos como referente los concretos plazos del IBI en Madrid. Al tratarse de una de las zonas con mayor actividad inmobiliaria de España, esta información será de especial interés para muchas personas. También en cuanto al procedimiento de liquidación o pago, pueden darse variaciones de un municipio a otro. Por esta misma razón, tomaremos igualmente como referente a Madrid.

¿Cuáles son los plazos del IBI en Madrid?

Los plazos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Madrid varían según la forma de pago escogida:

  • Por la forma de pago general o habitual: 1 de octubre al 30 de noviembre.
  • Sistema especial de pago por domiciliación bancaria: 65% del pago el 30 de junio, y el 35% restante, el 30 de noviembre.
  • Sistema de pago a la carta o PAC: fracciona el pago en 9 plazos. Estos plazos concluyen, respectivamente, en las siguientes fechas:
Plazos de pago fraccionado del IBI en MadridLímites
Plazo 17 de enero
Plazo 213 de febrero
Plazo 35 de marzo
Plazo 46 de abril
Plazo 55 de mayo
Plazo 65 de junio
Plazo 76 de julio
Plazo 85 de agosto
Plazo 97 de septiembre

Fuente: Ayuntamiento de Madrid

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Acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuándo se paga es algo que depende directamente, por lo tanto, de la modalidad de pago elegida.

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¿Cómo se paga el IBI en Madrid?

El pago del IBI en Madrid, como en los demás ayuntamientos, se realiza por medio de liquidación directa del contribuyente. Es decir, que es éste quien ha de pagar, y no el organismo tributario el que recauda el dinero.

La tramitación puede ser efectuada a través de tres vías distintas:

  • Online: por medio de la Oficina Virtual de Tributos del Ayuntamiento de Madrid. Se puede acceder por Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, o por DNIe/Certificado de DNI electrónico. Pagar el IBI online se puede llevar a cabo con tarjeta de crédito o débito, banca electrónica o certificado digital.
  • Por teléfono: actualmente se emplea el 010 (915 298 210 desde dentro y fuera del municipio de Madrid). El pago se realiza por banca telefónica o por teléfono de atención a la ciudadanía, con tarjeta de crédito o débito.
  • Presencial: Esta modalidad es con cita previa obligatoria. El pago se realiza por medio de Oficinas de Atención al Contribuyente o de Atención al Ciudadano Línea Madrid. También en cualquier entidad bancaria o financiera autorizada (con recibo del Ayuntamiento), o por domiciliación bancaria.

¿Cómo ver el recibo del IBI por internet en Madrid?

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, una vez pagado el IBI, al contribuyente le es enviado un recibo por correo electrónico. Así, el ciudadano puede descargar el recibo del IBI y contar con un comprobante y con un documento válido para efectuar reclamaciones, interponer recursos, etc. Si el contribuyente no ha recibido este documento o lo ha extraviado, entonces podrá solicitar un duplicado del recibo IBI en Madrid.

Preguntas sobre el impuesto IBI

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