¿Cuál es el valor de referencia catastral y cómo consultarlo?
¿Cuál es el valor de referencia catastral? ¿A qué impuestos afecta el valor de referencia? ¿Cómo conocer el valor de una vivienda consultando el valor de referencia del Catastro?
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¿Cuál es el valor de referencia catastral y cómo consultarlo?
El valor de referencia catastral es un indicador que entró en vigor en enero de 2022. Este nuevo valor de inmuebles influye directamente en los impuestos de transmisiones patrimoniales, el de sucesiones y donaciones y el de patrimonio. No se debe confundir con el valor catastral, son dos valores diferentes. En este artículo explicamos las diferencias y mostramos paso a paso cómo consultar el valor de referencia de su vivienda.
Tabla de contenidos:
- ¿Cuál es el valor de referencia catastral?
- ¿A qué impuestos afecta el valor de referencia?
- ¿Cuál es la diferencia entre el valor catastral y el valor de referencia?
- ¿Cómo conocer el valor de una vivienda consultando el valor de referencia del Catastro?
¿Cuál es el valor de referencia catastral?
La introducción de este nuevo valor de referencia catastral fue establecido y aprobado en la Ley 11/2021, como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal. El valor de referencia del catastro, calculado por la Dirección General del Catastro, además de ser un valor administrativo de los inmuebles rústicos y urbanos, sirve para calcular algunos impuestos. Este valor es similar pero inferior al valor de mercado, se aplica un factor de minoración de un 0,9 en su determinación y se calcula cada año basándose en la media de los precios de compraventa de un año anterior de la zona.
Dato: El valor de referencia catastral descarta la tasación pericial en la transmisión de inmuebles, pues con este nuevo valor ya se tendrá un valor establecido.
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¿A qué impuestos afecta el valor de referencia?
El valor de referencia catastral se toma como base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), a continuación explicamos cada uno:
Consejo: Si así lo requiere, es posible solicitar que se rectifique y corrija el valor de referencia a través de una solicitud en la Administración Tributaria.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
El porcentaje a pagar en los impuestos ITP y AJD depende de cada comunidad autónoma. Sin embargo, la ley estipula que si el valor del inmueble declarado por los interesados es mayor al del valor de referencia, para calcular el impuesto se tomará en cuenta el mayor valor. En nuestro artículo sobre gastos al comprar una vivienda puede conocer el porcentaje por comunidad.
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados o IAJD afecta únicamente al comprador de la vivienda nueva. El cálculo de este impuesto se realiza de la siguiente manera: Existe una cuota fija o importe que se paga por el papel timbrado de las escrituras, testimonios y actas notariales: 0,30 € por pliego o 0,15 €.
Además hay que tomar en cuenta una cuota variable que se aplica a las primeras copias de escrituras y actas notariales. La cuota variable depende de cada comunidad autónoma que recaude el impuesto. El tipo general mínimo oscila entre el 0,50 % (País Vasco, Navarra…) y 1,50 % (Galicia, Extremadura, etc). En otras comunidades autónomas como Aragón o Cataluña, aplican tipos especiales reducidos.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Este impuesto es de igual manera diferente en cada comunidad autónoma. Sin embargo, factores como la edad del heredero, el valor de los bienes heredados, el parentesco influyen en el cálculo. En cuanto a los bienes inmuebles, la ley señala que se tomará en cuenta el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario, a la fecha de devengo del impuesto. Agrega que si el valor declarado por los interesados es superior al valor de referencia, se tomará el valor más alto como base. En caso de no existir el valor de referencia, los interesados deben declarar el valor o se tomará el valor del mercado.
- Impuesto sobre el Patrimonio
Como sabemos este impuesto se aplica individualmente, basándose en el patrimonio personal de las personas físicas y su cálculo se realiza sumando el valor de todos los bienes. El valor de referencia ayudará a estimar el valor de la vivienda. En este caso en particular, el valor de referencia se tomará en cuenta solo en los inmuebles adquiridos a partir del primero de enero de 2022.
El ITP está cedido a las comunidades, es decir, las tarifas y deducciones pueden variar. En el caso de la Comunidad de Madrid, este impuesto se bonifica al 100 %.
En caso de que le interese vender una vivienda en Madrid, consulte nuestra guía con los gastos asociados a la venta de una propiedad, además le decimos cuáles gastos son deducibles y cuáles corresponden al comprador.
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¿Cuál es la diferencia entre el valor catastral y el valor de referencia?
Estos valores relacionados no se deben confundir, sus diferencias son:
- El valor catastral, usado desde antes, se usa como referencia para determinar el impuesto de bienes inmuebles (IBI) o la imputación de rentas en IIRPF.
- La valoración del catastral es inferior al de referencia, los valores no están relacionados y los valores pueden variar.
- El valor de referencia del catastro se calcula anualmente para todas las zonas de España, por su parte el valor catastral puede cambiar por municipios o zonas.
- La valoración del valor catastral se basa en los valores y criterios de cada municipio.
- El valor de referencia es un dato público, cualquiera puede consultar el valor catastral por referencia. El valor catastral está protegido, solo el dueño del inmueble puede acceder a la información.
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¿Cómo conocer el valor de una vivienda consultando el valor de referencia de Catastro?
Para consultar el valor catastral por referencia de alguna vivienda, lo único que se necesita es el DNI, un certificado digital o el sistema clave. A continuación mostramos paso a paso cómo hacer la consulta desde las sede electrónica del catastro:
1. Localizar la referencia castral
Primero se tiene que localizar la referencia catastral en la sede electrónica del catastro. El inmueble se puede buscar de diferentes formas; a través de la dirección, por polígono o parcela, por coordenadas o CRU.
2. Obtener el código de referencia catastral
Cuando la vivienda sea localizada, se obtendrá el código de referencia catastral que debe ser guardado para más adelante. El número se encuentra en la primera caja informativa.
3. Consultar el valor de referencia castral
Es momento de dirigirse a la sección de valor de referencia y hacer clic en “Consulta de valor de referencia”.
4. Acceder con datos de DNI/NIE
Ahora debe de identificarse usando los datos del DNI o la clave permanente.
5. Indicar la finalidad de la consulta
Enseguida hay que indicar la finalidad de la consulta (“Efectos informativos”), introducir la referencia catastral (el código que se ha guardado) y el NIF. Hacer clic en valor de referencia y listo. El sistema abrirá una página con el valor de referencia del inmueble.
6. Obtenga el valor de referencia
Para efecto en los impuestos de transmisiones patrimoniales, el de sucesiones y donaciones y el de patrimonio.
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